Normativa IRVE en España: Marco Legal y Obligaciones
Marco legal de la infraestructura de recarga en España: ITC-BT-52, RDL 29/2021, obligaciones para edificios nuevos y existentes, subvenciones y permisos.
La normativa IRVE en España ha evolucionado rápidamente para acompañar el crecimiento de la movilidad eléctrica. Desde la modificación de la ITC-BT-52 hasta el derecho individual de recarga del RDL 29/2021, el marco legal busca facilitar la instalación de puntos de carga eliminando barreras administrativas.
Esta guía recopila toda la normativa relevante para el electricista y el promotor de IRVE.
Marco legal vigente
Normativa principal:
| Norma | Contenido | Fecha |
|---|---|---|
| ITC-BT-52 | Requisitos técnicos de IRVE | 2014 / modificada 2022 |
| RDL 29/2021 | Derecho individual de recarga | Dic 2021 |
| RD 300/2022 | Modificación ITC-BT-52 (preinstalación) | Abr 2022 |
| CTE DB-HE | Obligaciones de preinstalación en edificios nuevos | 2020 |
| Directiva EPBD | Requisitos europeos de IRVE en edificios | 2024 |
Obligaciones de preinstalación
Edificios nuevos (desde RD 300/2022):
| Tipo de edificio | Obligación |
|---|---|
| Residencial con parking > 20 plazas | Preinstalación en el 100% de plazas |
| Residencial con parking ≤ 20 plazas | Preinstalación en el 100% de plazas |
| No residencial > 20 plazas | 1 punto cada 5 plazas + preinstalación 100% |
| Aparcamiento público > 20 plazas | 1 punto cada 40 plazas + preinstalación |
- Conductos (tubos/bandejas) desde el cuarto de contadores hasta cada plaza
- Espacio reservado en cuadro de baja tensión para futuros circuitos IRVE
- No incluye cable ni wallbox (eso lo pone cada usuario)
Derecho individual de recarga (RDL 29/2021):
- El propietario de una plaza notifica a la comunidad su intención
- No necesita aprobación de la junta de propietarios
- La comunidad no puede oponerse salvo motivos técnicos justificados
- El propietario asume todos los costes de la instalación
- Plazo de respuesta de la comunidad: 2 meses
Subvenciones y ayudas
Plan MOVES III / IV (vigente hasta agotar fondos):
| Beneficiario | Ayuda wallbox | Ayuda VE |
|---|---|---|
| Particular | Hasta 70% (máx. 1.300 €) | Hasta 7.000 € |
| Comunidad de propietarios | Hasta 70% del coste | — |
| Empresa | Hasta 40% (máx. 100.000 €) | Hasta 4.500 € |
- Instalación realizada por instalador autorizado
- CIE emitido y registrado en la CCAA
- Wallbox con conector Tipo 2 o CCS
- Potencia ≤ 50 kW (puntos públicos)
- Factura y justificante de pago
- Deducción del 15% en la compra de VE (hasta 20.000 €)
- Deducción del 15% en la instalación de punto de recarga (hasta 4.000 €)
- Vigentes hasta 31/12/2025 (pueden prorrogarse)
Normativa aplicable
ITC-BT-52 — Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos
"Regula los aspectos técnicos de la IRVE: esquemas de conexión, protecciones, gestión de carga y preinstalación."
RDL 29/2021 — Medidas urgentes en el ámbito energético para la movilidad eléctrica
"Establece el derecho individual del propietario a instalar un punto de recarga sin aprobación de la junta de propietarios."
Conclusión
La normativa IRVE en España facilita la instalación de puntos de recarga: el derecho individual elimina la barrera de la comunidad de vecinos, la preinstalación obligatoria reduce costes futuros, y las subvenciones (MOVES + IRPF) hacen que la inversión sea muy atractiva.
El electricista debe conocer tanto los requisitos técnicos (ITC-BT-52) como el marco legal (RDL 29/2021) para asesorar correctamente a sus clientes.
Preguntas frecuentes
No, salvo motivos técnicos objetivos y justificados (por ejemplo, que la estructura del edificio no soporte la instalación). El RDL 29/2021 establece un derecho individual que no requiere aprobación de la junta. La comunidad tiene 2 meses para responder.