Normativa Eléctrica por Comunidades Autónomas: Diferencias y Requisitos
Diferencias de normativa eléctrica entre comunidades autónomas: requisitos adicionales al REBT, registros de instaladores, tramitación y particularidades regionales.
El REBT establece el marco normativo mínimo a nivel nacional, pero las comunidades autónomas tienen competencias para desarrollar y complementar la regulación eléctrica en su territorio. Esto genera diferencias en los procedimientos de tramitación, los registros de instaladores y los requisitos adicionales.
Conocer las particularidades de la comunidad autónoma donde se trabaja es esencial para evitar problemas administrativos y legales.
Competencias autonómicas en materia eléctrica
Las comunidades autónomas tienen competencia exclusiva en:
- Registro de instaladores autorizados y empresas instaladoras
- Tramitación de puestas en servicio (registro de CIEs)
- Designación de Organismos de Control Autorizado (OCA)
- Régimen de inspecciones y sanciones
- Requisitos adicionales de documentación
Las CCAA pueden establecer requisitos más estrictos que el REBT, pero nunca inferiores. Ejemplos:
- Algunas CCAA exigen proyecto para potencias inferiores a 100 kW en ciertos usos
- Diferentes plazos de tramitación
- Requisitos adicionales de formación continua para instaladores
- Plataformas telemáticas obligatorias para el registro de CIEs
Principales diferencias entre comunidades
Plataformas de registro de CIEs:
Cada comunidad tiene su propia plataforma telemática:
| Comunidad | Plataforma |
|---|---|
| Andalucía | Sistema SARE |
| Cataluña | Canal Empresa - RITSIC |
| Madrid | CEIM / Registro Madrid |
| País Vasco | Gobierno Vasco - OVT |
| Comunitat Valenciana | SEVEIFOR |
| Galicia | REMI / Igape |
| Castilla y León | Portal industrial JCYL |
| Aragón | Tramitación electrónica DGA |
| Comunidad | CIE para cambio titular |
|---|---|
| Cataluña | CIE obligatorio si instalación > 20 años |
| Madrid | Generalmente no, salvo aumento de potencia |
| Andalucía | Según la distribuidora |
| País Vasco | CIE obligatorio en todos los casos |
La mayoría de las CCAA siguen los plazos del REBT (5-20 años), pero algunas han ajustado los criterios de selección de instalaciones a inspeccionar.
Registro de instaladores por CCAA
Procedimiento general de habilitación:
Diferencias por CCAA:
| Aspecto | Variaciones |
|---|---|
| Seguro RC mínimo | 300.000 € - 1.000.000 € según CCAA |
| Renovación | Automática, anual o quinquenal según CCAA |
| Formación continua | Algunas CCAA exigen créditos formativos periódicos |
| Comunicación previa vs. autorización | Algunas CCAA ya funcionan con declaración responsable |
Gracias a la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM), un instalador habilitado en una CCAA puede ejercer en otra, pero debe:
- Comunicar su actividad a la CCAA de destino
- Registrar los CIEs en la plataforma de la CCAA donde se ubica la instalación
- Cumplir los requisitos específicos de esa CCAA (si son adicionales)
Consejos prácticos para profesionales
1. Consulta siempre la normativa de la CCAA donde trabajas:
Antes de iniciar un trabajo en una CCAA diferente, consulta:
- La plataforma de registro de CIEs
- Los requisitos de documentación específicos
- Los plazos de tramitación
Verifica anualmente que tu inscripción está vigente y que tus seguros están al corriente. Un CIE emitido con la habilitación caducada es nulo.
3. Conoce la distribuidora:
En cada zona, la distribuidora (Endesa, Iberdrola, UFD, EDP, Viesgo) puede tener procedimientos y requisitos diferentes para la activación del suministro, independientemente de la CCAA.
4. Guarda la documentación:
Conserva copia de todos los CIEs emitidos, esquemas unifilares y memorias técnicas durante al menos 5 años (10 años recomendable).
5. Participa en formación continua:
Aunque no sea obligatorio en todas las CCAA, la formación continua te mantiene al día con los cambios normativos (especialmente en IRVE, fotovoltaica y protección contra arcos).
Normativa aplicable
RD 842/2002 — Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión
"Establece el marco nacional mínimo que las CCAA deben respetar, permitiendo requisitos adicionales pero no inferiores."
Conclusión
Las diferencias entre comunidades autónomas pueden parecer un obstáculo, pero son una consecuencia natural del sistema competencial español. El profesional bien informado las gestiona sin dificultad si mantiene su registro actualizado, conoce las plataformas de tramitación y cumple los requisitos específicos de cada territorio.
El REBT sigue siendo la referencia técnica nacional: si cumples el REBT, cumples el mínimo en cualquier CCAA. Las diferencias están principalmente en los procedimientos administrativos, no en los requisitos técnicos.
Preguntas frecuentes
Sí, gracias a la LGUM. Si estás habilitado en una CCAA, puedes ejercer en cualquier otra comunicando tu actividad. Sin embargo, debes registrar los CIEs en la plataforma de la CCAA donde se ubique la instalación y cumplir sus requisitos específicos.