Experto11 min de lectura07 de febrero de 2026

El autoconsumo colectivo permite que varios consumidores compartan una misma instalación fotovoltaica. Vecinos de un mismo edificio, urbanización o comunidad energética pueden beneficiarse de paneles solares instalados en zonas comunes, reduciendo costes y maximizando el aprovechamiento de la cubierta.

Requisitos y limitaciones

¿Quién puede participar? Consumidores conectados al mismo centro de transformación, con un máximo de 2.000 m de distancia entre la instalación y el punto de suministro (ampliable a 2 km en zonas rurales y municipios < 20.000 habitantes).

Coeficientes de reparto: Cada participante tiene asignado un coeficiente fijo (suma total = 1,0):

  • Se establece por acuerdo entre los participantes
  • Puede basarse en: cuota de participación, superficie, consumo, o partes iguales
  • Se comunica a la distribuidora junto con la solicitud de autoconsumo colectivo
Ejemplo 4 vecinosCoeficienteProducción recibida (de 10 kWp)
Vecino A (ático)0,303 kWp equivalente
Vecino B0,252,5 kWp equivalente
Vecino C0,252,5 kWp equivalente
Vecino D (bajo)0,202 kWp equivalente

Diseño e instalación

Ubicación de la instalación:

  • Cubierta común del edificio (lo más habitual)
  • Suelo de parcela comunitaria
  • Cubierta del garaje o pérgola solar
  • Terreno cercano (< 2 km en RD 244/2019)
Conexión eléctrica: La instalación se conecta a la red interior del edificio, normalmente en el cuadro de baja tensión de servicios comunes o directamente a la línea general de alimentación.

Contador de generación: Se instala un contador bidireccional en el punto de conexión de la instalación FV. La distribuidora registra la producción total y aplica los coeficientes de reparto a cada participante.

Dimensionado para colectivo: Se recomienda dimensionar para cubrir el 60-70% del consumo total del conjunto de participantes. Sobredimensionar genera más excedentes con baja compensación.

Potencia típica:

Tipo de edificioPotencia orientativa
Bloque 6-10 viviendas15-25 kWp
Bloque 20-30 viviendas30-60 kWp
Urbanización50-150 kWp

Trámites y documentación

Proceso paso a paso:

  • Acuerdo de la comunidad: Aprobación en junta de propietarios (mayoría simple para obra de mejora energética)
  • Definición de coeficientes: Acuerdo entre participantes (documento firmado)
  • Diseño y presupuesto: Instalador autorizado
  • Solicitud de punto de conexión: A la distribuidora
  • Ejecución de la obra e instalación
  • CIE: Certificado de instalación eléctrica por instalador autorizado
  • Comunicación a la CCAA: Registro en la plataforma autonómica
  • Alta en autoconsumo colectivo: Comunicación a la distribuidora con los coeficientes
  • Contrato de compensación: Cada participante con su comercializadora
  • Documentos necesarios:

    • Acta de la junta de propietarios con el acuerdo
    • Acuerdo de coeficientes de reparto firmado por todos los participantes
    • CIE de la instalación
    • Solicitud conjunta de autoconsumo a la distribuidora
    Plazo estimado: 3-6 meses desde el acuerdo hasta la activación.

    Normativa aplicable

    RD 244/2019Condiciones del autoconsumo de energía eléctrica

    "Regula el autoconsumo colectivo: coeficientes de reparto, distancia máxima y modalidades de compensación."

    Conclusión

    El autoconsumo colectivo democratiza la energía solar: permite que vecinos sin cubierta propia (pisos bajos, orientación norte) se beneficien de la fotovoltaica. Los trámites son más complejos que el autoconsumo individual, pero el ahorro se reparte entre todos.

    Preguntas frecuentes

    Sí. El autoconsumo colectivo permite que cualquier vecino del edificio participe, independientemente de su planta. Los paneles se instalan en la cubierta común y la energía se reparte según coeficientes.